El Poder Ejecutivo publicó hoy en el Boletín Oficial la reglamentación de la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado frontal, con lo que oficializó la puesta en marcha de esta norma que tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.
El cronograma de implementación, según la reglamentación, se hará en dos períodos y según las particularidades de los alimentos: la primera etapa será dentro de los 9 meses desde la fecha de entrada en vigencia de la norma y 15 meses para el caso de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes), y la segunda en un plazo no mayor a los 18 meses y de 24 meses para las Pymes.
La reglamentación fue aprobada mediante el decreto 151/2022 que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros Carla Vizzotti (Salud) y Julián Domínguez (Agricultura, Ganadería y Pesca).